Mediante este trámite puede solicitar la bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) tal y como establece la ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES en su artículo 5.4.
En dicho artículo se establece que disfrutaran de una bonificación del 30 por ciento de la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, con las condiciones indicadas en dicha ordenanza.
Al iniciar nueva instancia deberá completar el formulario con los datos y a continuación aportar la siguiente documentación: