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Distribución de fondos financiados por la "Fundación Amancio Ortega" para las personas afectadas por las inundaciones del 29 de octubre de 2024 - Viviendas

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Distribución de fondos financiados por la "Fundación Amancio Ortega" para las personas afectadas por las inundaciones del 29 de octubre de 2024 - Viviendas

Desde el día 20/12/2024 hasta el día 19/01/2025

AYUDAS FUNDACIÓN AMANCIO ORTEGA

AYUDAS A VIVIENDAS

DEFINICIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.

Podrán ser beneficiarias de esta subvención las personas físicas, mayores de edad, residentes en el municipio de Sedaví que hayan sufrido daños en su vivienda habitual, mobiliario, enseres y/o electrodomésticos ocasionados como consecuencia de los daños sufridos por las inundaciones del día 29 de octubre de 2024. Dichas viviendas deberán de estar situadas en bajos y entresuelos.

Se otorgará una única ayuda por vivienda en función del siguiente nivel de daño:

  • Vivienda gravemente afectada: 2500 Euros.
  • Vivienda afectada: 1000 Euros. 

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS (Artículo 4 de las Bases Reguladoras)

  • Las viviendas deberán estar situadas en bajos o entresuelos.
  • Acreditar mediante empadronamiento previo al 29 de octubre la condición de persona residente en la vivienda afectada. 
  • La vivienda tendrá que tener la condición de residencia en catastro.
  • Además de, con carácter general, lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

EXCLUSIONES (Artículo 4 de las Bases Reguladoras)

  • Quedan excluidos los garajes, trasteros, escaleras de acceso, recibidores o similares, situados en bajos o entresuelos. 
  • En general, las exclusiones contempladas en el Artículo 13.2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN (Artículo 6 de las Bases Reguladoras)

  1. Acreditación de la personalidad de la persona solicitante, mediante DNI por las dos caras o NIE acompañado de pasaporte, si lo indica.
  2. Modelo de Solicitud normalizada firmada por la persona solicitante.
  3. Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos de ser beneficiario de estas ayudas. 
  4. Identificación de la vivienda donde tiene su residencia la persona solicitante, mediante la dirección postal de la misma y, opcionalmente, la referencia catastral. La dirección postal deberá incluir el tipo y nombre de la vía, el numero, y si existen, el portal, la escalera, la planta y la puerta, en ese orden y separados por espacios (ej. AVGDA DEL PAIS VALENCIA 217 PBJ 09)
  5. Número de cuenta (IBAN) de la persona que solicita la ayuda.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE SEDAVÍ - P4622500I
Plaça Jaume I, nº 5
46910 Sedaví (València)
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